La postura oficial de Google ante una aplicación del derecho al olvido fuera de Europa comienza a modificarse y los administradores del buscador han manifestado una mayor flexibilidad ante esta opción.
Este cambio de criterio supone un nuevo paso para una aplicación global de la norma derivada de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa en Mayo de 2013 en el ya célebre “caso Costeja”. Un cambio que llega forzado por el conflicto legal que el gigante de Mountain View mantiene con la Commission Nationale de L’informatiquete et des libertes (CNIL), organismo responsable de la protección de datos en Francia.
Derecho al olvido universal
En este mismo blog hemos ido contando la evolución de esta batalla en las que las autoridades francesas han encontrado el apoyo de sus homónimos en el resto de países de la Unión Europea, incluida la AEPD que también ha abogado por la aplicación del derecho al olvido en Internet de manera amplia. El CNIL solicitó a Google la eliminación de las URLs que se considerasen oportunas atendiendo a los criterios de aplicación del derecho al olvido en Internet, no solo en sus dominios locales europeos (google.fr en Francia, google.es en España..) sino también en su dominio principal (google.com).
A pesar de que Google, siguiendo las directrices marcadas por un equipo de expertos que asesora a la compañía, ha tratado de evitar esta ampliación en el ámbito de aplicación de la norma, finalmente se ha visto obligada a suavizar su postura y atender la petición del CNIL. Eso sí, el camino elegido por el gigante de Internet no está exento de polémico.
Derecho al olvido global para búsquedas desde Europa
Y es que, la intención de Google es la de aplicar el bloqueo o supresión de los enlaces afectados por la aplicación de la normativa europea, basándose en la geolocalización. Esto quiere decir que, un enlace suprimido en google.es para una búsqueda determinada será también bloqueado en google.com siempre y cuando la IP desde la que se realice la búsqueda pertenezca a un equipo dentro de la Unión Europea.
Esto quiere decir que, si un enlace se suprime en google.es y una persona realiza la misma búsqueda desde España en google.com no vería tampoco dicho enlace en la página de resultados del buscador. Pero, si la misma búsqueda se realiza desde otro país no comunitario (digamos Argentina, por ejemplo) dicho enlace sí aparecerá entre los resultados de la búsqueda.
Así que, saltar este “bloqueo regional” no sería demasiado complicado utilizando otras extensiones del buscador o recurriendo a otras herramientas como proxys o un navegador como Tor.
Con esta decisión adoptada por Google, se satisface en parte las peticiones europeas de una aplicación universal del derecho al olvido aunque no lo hace de una manera integral. Una solución que habrá que ver si acaba por contentar a las autoridades europeas o exigen al gigante de Internet el ejercicio de esta norma sin este bloqueo regional.