Hace poco más de un mes, la Audiencia Nacional hacía públicas las primeras sentencias en España sobre el derecho al olvido.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia publicó durante el mes de Enero un total de 18 sentencias en la mayoría de las cuales se reconocía este derecho derivado de la sentencia del «caso Costeja» por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europa.
Esta sentencia ha servido para fijar los criterios de aplicación de la doctrina pero va un poco más lejos ya que también ha confirmado la obligación del buscador ask.com de reconocer y aplicar el derecho al olvido.
Ask y el derecho al olvido
A principios del pasado mes de Octubre, los responsables de Ask modificaron las políticas de privacidad de este motor de búsqueda incluyendo en las mismas referencias a la supresión de enlaces en sus páginas de resultados tras la petición de los ciudadanos que se pudieran ver perjudicados por las informaciones enlazadas. De esta manera, este buscador comenzó a preparar el terreno para posibles solicitudes de eliminación de enlaces algo a lo que se verán obligados tras esta sentencia de la Audiencia Nacional.
En una primera instancia, la solicitud de un ciudadano para la eliminación de ciertos enlaces que aparecían en las páginas de resultados de Ask fue desestimada basándose en el argumento de que el domicilio de este buscador se ubica en Irlanda.
La Audiencia Nacional considera que la Agencia Española de Protección de Datos es competente en esta solicitud al considerar que el motor de búsqueda presta sus servicios en España a través de su filial Iac Search and Media S.L. con sede en Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Según los argumentos del tribunal “no sería posible garantizar una adecuada tutela del derecho a la protección de datos que tanto la Carta de Derechos Fundamentales, en su artículo 8, como nuestra Constitución, en su artículo 18.4, consagran, si se negara competencia a la Agencia Española de Protección de Datos para garantizar el derecho de su titular a oponerse al tratamiento de sus datos personales o solicitar su cancelación, antes examinados a la luz de la Directiva y del Derecho español cuando el tratamiento se efectúa por una entidad radicada en otro Estado miembro, en el marco de las actividades de un establecimiento de tal entidad ubicado en territorio español”.
La sentencia concluye que la AEPD debe tramitar el correspondiente procedimiento de tutela de derechos reconociendo que Ask debe aplicar el derecho al olvido como los buscadores más utilizados (Google, Bing, Yahoo…).
Solicitud de supresión de enlaces a Ask
Esta sentencia de la Audiencia Nacional parte de la solicitud de un ciudadano al buscador. Una petición en la que un particular solicitaba la eliminación de algunos enlaces que apuntaban a diversas informaciones publicadas en el diario El Mundo sobre su persona.
En concreto, la información estaba relacionada con una condena del año 2004 por un delito cometido en 2002. La condena ya había sido cumplida y los antecedentes penales cancelados. Este ciudadano argumentaba que esta información le seguía causando graves inconvenientes y dificultando su vida en cuestiones fundamentales como la búsqueda de un empleo.
En una primera instancia, la AEPD no admitió la tutela de derechos en este caso bajo el argumento de que el administrador se localizaba en Irlanda. A pesar de ello, el organismo regulador de la protección de datos en España trasladó la petición al organismo homólogo en Irlanda cuya respuesta no satisfacía la solicitud del ciudadano español. Tras esta respuesta, el caso se presentó ante los magistrados de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia que sí han considerado a la AEPD competente en este caso.
El derecho al olvido más allá de Google
Obviamente, Google es el motor de búsqueda que más solicitudes de cancelación de enlaces recibe dado que es el buscador que acumula una mayor cuota de mercado. Pero esto no significa que el resto de buscadores no deba ofrecer un protocolo de actuación a los ciudadanos que quieran ejercer este derecho.
La sentencia de la Audiencia ha sacado a la luz el caso de ask.com pero otros buscadores como Bing también ofrecen un formulario de solicitud similar al de Google para que los particulares puedan llevar a cabo su derecho de cancelación de enlaces y es que, la aplicación de esta doctrina afecta a todos los motores de búsqueda por igual.